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Número de fax del Formulario 911

Número de fax del Formulario 911 del IRS (Asistencia del Servicio del Defensor del Contribuyente)

¿Dónde y cómo enviar por fax el Formulario 911 al Servicio del Defensor del Contribuyente?

El Formulario 911 solicita al Servicio del Defensor del Contribuyente, una organización independiente dentro del IRS, que intervenga cuando usted enfrenta una dificultad significativa o cuando el proceso normal del IRS no ha resuelto su problema. Es un servicio gratuito, y enviar por fax el formulario completado al número correcto es la forma más rápida de que se le asigne un defensor del caso.

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¿Qué es el Servicio del Defensor del Contribuyente?

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) es una organización independiente dentro del IRS, separada de las funciones de auditoría, cobro y atención al cliente con las que normalmente trataría. Su labor es intervenir cuando usted enfrenta una dificultad significativa, es decir, cuando no puede proveer lo necesario para vivir para usted o su familia a causa de una acción o un retraso del IRS, o cuando ha intentado resolver un problema por el proceso normal del IRS y simplemente no funciona.

El Formulario 911, Solicitud de asistencia del Servicio del Defensor del Contribuyente, es la forma en que usted pide formalmente al TAS que abra un caso. Una vez que el TAS acepta su caso, se le asigna un único defensor que gestiona su asunto directamente con el IRS en su nombre, en lugar de derivarle a las colas telefónicas generales cada vez que da seguimiento.

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Número de fax del Formulario 911

El Formulario 911 se envía a un único número de fax centralizado del Servicio del Defensor del Contribuyente para la gran mayoría de quienes lo presentan, tal como se confirma en las propias instrucciones impresas del formulario:

855-828-2723 (nacional, los 50 estados)

Existen dos excepciones regionales basadas en la zona horaria y no en el estado: los contribuyentes en Puerto Rico y zonas horarias cercanas (GMT +6 a -4) envían el fax al 855-818-5700, y los contribuyentes en Hawái y zonas horarias cercanas (GMT +7 a -11) lo envían al 855-819-5024. Si presenta el formulario desde el extranjero, se utiliza un número distinto y no gratuito: 304-707-9793.

A diferencia de otros trámites de esta colección, la recepción del Formulario 911 realmente está centralizada y no se deriva por oficina local, por lo que no necesita buscar la oficina del Defensor del Contribuyente de su estado para presentar su solicitud inicial. Las oficinas locales del TAS siguen existiendo y son importantes más adelante: una vez abierto su caso, el defensor asignado podría pedirle que envíe documentos de seguimiento directamente a su oficina, pero el número anterior es el correcto para presentar el Formulario 911 en sí.

Fax.Plus le permite enviar su Formulario 911 completado y cualquier documentación de respaldo directamente desde un ordenador, un teléfono o un correo electrónico, con una confirmación de entrega con marca de tiempo para sus registros, algo útil dado que un caso puede depender de cuándo recibió el TAS su solicitud.

Cómo enviar por fax el Formulario 911 al Servicio del Defensor del Contribuyente

Complete el Formulario 911 en su totalidad, describiendo su problema, lo que ya ha intentado con el IRS y el alivio específico que solicita, y luego adjunte las notificaciones o la correspondencia que respalden su caso. Fax.Plus le permite completar, firmar y enviar su Formulario 911 y sus anexos directamente desde un ordenador, un teléfono o un correo electrónico al número de fax correcto del TAS, con una confirmación de entrega con marca de tiempo para conservar en sus propios registros.

Solicitud de asistencia del TAS

Enviar fax desde el ordenador

Suba su formulario en el panel de Fax.Plus, introduzca el número de fax del IRS y envíelo desde su navegador.
Solicitud de asistencia del TAS

Enviar fax desde el móvil

Abra la aplicación de Fax.Plus en su teléfono, adjunte su formulario y envíelo desde cualquier lugar en segundos.
Solicitud de asistencia del TAS

Enviar fax por correo electrónico

Adjunte su formulario a un correo electrónico y envíelo a su dirección de fax a correo electrónico de Fax.Plus, sin necesidad de aplicación.
Solicitud de asistencia del TAS

Enviar fax por escaneo

Escanee un formulario en papel con la cámara de su teléfono en la aplicación y envíelo por fax al instante, sin pasos adicionales.

¿Por qué es importante presentar el Formulario 911?

Sin el Formulario 911, un problema sin resolver con el IRS permanece en el sistema general, atendido (o no) en el orden en que el IRS llegue a él, sin que ninguna persona sea responsable de su caso. Al presentar el Formulario 911, se le asigna un defensor del caso dedicado cuya labor es específicamente impulsar su asunto y, cuando corresponda, solicitar que el IRS detenga una acción que le causa dificultades mientras se trabaja en su caso. En una situación de dificultad con el reloj ya en marcha, esa atención dedicada puede marcar la diferencia entre resolver el problema a tiempo y que este se agrave.

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¿Quién debe presentar el Formulario 911?

  1. Cualquier persona que sufra una dificultad significativa a causa de una acción o un retraso del IRS, es decir, que como resultado no pueda cubrir necesidades básicas como vivienda, alimentación, transporte o atención médica.
  2. Cualquier persona cuyo problema con el IRS no se haya resuelto por el proceso normal, a pesar de intentos razonables, incluidos retrasos que superan con creces los plazos indicados por el propio IRS.
  3. Cualquier persona que enfrente una acción del IRS que crea que está a punto de causar un daño irreparable, como un embargo o una retención salarial inminente, y que necesite ayuda antes de que esa acción entre en vigor.
  4. Un representante autorizado que presente el formulario en nombre de un contribuyente, con un Formulario 2848 o un Formulario 8821 completado adjunto.

Preguntas frecuentes sobre el número de fax del Formulario 911

¿Qué se considera una «dificultad significativa» para recibir ayuda del Servicio del Defensor del Contribuyente?

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Por lo general, una dificultad significativa significa que una acción o un retraso del IRS le impide cubrir necesidades básicas como vivienda, alimentación, transporte o atención médica para usted o su familia, o que está a punto de sufrir un daño grave, como un embargo inminente, si el IRS no interviene. No es necesario que ya se encuentre en una situación de crisis para reunir los requisitos: basta con un problema sin resolver cuyas consecuencias financieras reales se aproximan.

¿En qué se diferencia el Servicio del Defensor del Contribuyente de llamar a la línea de atención general del IRS?

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La línea telefónica general del IRS le transfiere al representante que esté disponible, sin garantía de que hable con la misma persona dos veces ni de que alguien se responsabilice específicamente de su caso. El TAS le asigna un único defensor que acompaña su caso de principio a fin, trabaja directamente con el departamento correspondiente del IRS en su nombre y puede utilizar herramientas como una Orden de Asistencia al Contribuyente (Taxpayer Assistance Order) que un representante telefónico general no puede invocar.

¿Qué sucede después de enviar el Formulario 911?

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Un defensor del caso suele ponerse en contacto con usted en un plazo de 30 días desde que el TAS recibe su solicitud, y antes en los casos de dificultad urgente. A partir de ahí, su defensor trabaja directamente con la función correspondiente del IRS para resolver su problema y le mantiene informado, en lugar de que usted tenga que llamar repetidamente para consultar el estado.

¿Puede el Servicio del Defensor del Contribuyente detener una acción de cobro del IRS mientras mi caso está abierto?

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En situaciones de dificultad real, el TAS puede solicitar una Orden de Asistencia al Contribuyente (Taxpayer Assistance Order) que indique al IRS que pause o revierta una acción de cobro, como un embargo o una retención de salario, mientras se trabaja en su caso. Esto no elimina ni reduce lo que usted debe, sino que da margen de tiempo y evita mayores perjuicios mientras se resuelve el problema de fondo.

¿Tiene algún coste utilizar el Servicio del Defensor del Contribuyente?

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No. El TAS es un servicio gratuito financiado como parte del IRS, no una empresa de resolución de problemas fiscales de pago. No hay ninguna tarifa por presentar el Formulario 911 ni por que un defensor se encargue de su caso, algo que conviene saber dada la cantidad de servicios de pago que se promocionan con un lenguaje similar de «defensor».

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