El formulario 8918 del IRS es un documento de divulgación especializado para los asesores materiales que participan en transacciones de refugio fiscal. Ofrece a los asesores un mecanismo formal para notificar al IRS su participación en transacciones fiscales complejas o potencialmente abusivas, una herramienta regulatoria proactiva que los asesores utilizan para documentar su intervención y mantener la transparencia de sus actividades de asesoramiento ante las autoridades fiscales.

La presentación del formulario 8918 cumple tres funciones:
Este es el procedimiento vigente del IRS para enviar por fax el formulario 8918 en lugar de enviarlo por correo, y se aplica «hasta nuevo aviso». Debe firmar el formulario antes de enviarlo por fax; el IRS no aceptará una copia sin firmar. Envíe un solo formulario 8918 por fax, con un máximo de 100 páginas, acompañado de una carátula en la que figuren el asunto, su nombre, cargo, número de teléfono y dirección, el nombre del asesor material, la fecha y el número total de páginas (sin EIN ni SSN en la carátula). El IRS no proporciona confirmación ni recibo del fax, por lo que debe conservar su propio registro de transmisión. Una vez procesado, el IRS le enviará por correo una Carta 4373 con su número de transacción declarable, que deberá comunicar a todos los contribuyentes y asesores materiales para los que haya actuado.
Como asesor material, usted debe divulgar cada transacción declarable en un formulario 8918 firmado dentro de un plazo establecido tras aceptar el encargo. Fax.Plus le permite firmar, enviar y confirmar la entrega de esa declaración de divulgación directamente desde su ordenador, teléfono o correo electrónico, y le proporciona un registro con marca de tiempo que puede conservar junto con el número de transacción declarable que el IRS le envíe posteriormente, ya que el propio IRS no proporciona confirmación de fax.
Conforme a la Sección 6707, la sanción es de 50.000 $ por una transacción declarable que no sea una transacción listada. En el caso de una transacción listada, la sanción es el importe mayor entre 200.000 $ y el 50 % de los ingresos brutos que usted haya recibido por asesorar en la transacción, que asciende al 75 % si el incumplimiento fue intencionado.
Sí. Conforme a la Sección 6112, el asesor material debe mantener una lista que identifique a cada persona o entidad asesorada en una transacción declarable, y conservarla durante 7 años. Si el IRS solicita la lista por escrito y usted no la entrega en un plazo de 20 días hábiles, la sanción es de 10.000 $ por cada día adicional de retraso.
El IRS le envía por correo una Carta 4373 que contiene un número de transacción declarable. A continuación, usted debe comunicar ese número a todos los contribuyentes y demás asesores materiales para los que haya actuado en esa transacción, ya sea cuando la formalicen o en un plazo de 60 días naturales desde que reciba el número, lo que ocurra más tarde.
El último día del mes siguiente al trimestre natural en el que usted se convirtió en asesor material de la transacción declarable, o en el que surgieron circunstancias que requieren una divulgación modificada.
Pueden designar a un único asesor material, mediante acuerdo escrito, para que presente el formulario en nombre de todos. Sin embargo, esa designación no elimina la obligación de divulgación de los demás asesores: si el asesor designado no presenta el formulario a tiempo, todos los asesores materiales que sean parte del acuerdo siguen siendo responsables.
Asesorar sobre una transacción declarable conlleva su propia documentación de divulgación. Esto es lo que más suele surgir en relación con las presentaciones de asesores materiales y los faxes de cumplimiento al IRS.
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